Se autoriza al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, previo crónica de la Comisión Doméstico de Seguridad y Salud en el Trabajo, a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y ampliación de este Existente Decreto, así como para las adaptaciones de carácter estrictamente técnico de sus anexos en https://seguridadysaludeneltrabaj21872.idblogz.com/36244521/todo-acerca-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-empleo